¿Qué pasa con la radio y la TV en la ley del TLC de Colombia? Enter.co / 2012-03-28
¿Qué pasa con la radio y la TV en la ley del TLC?
José L. Peñarredonda ...---... El proyecto de ley penaliza la retransmisión sin permiso de señales de TV. Aparte de que la premura con la que está tramitando puede tener consecuencias difíciles, y de que ilegaliza la copia privada de los contenidos que los mismos usuarios compran legalmente, la ley del TLC tampoco deja claras cuáles son los usos legítimos y no legítimos de las retransmisiones de radio y televisión en Internet.
El artículo 13 del proyecto dice que “no se permite la retransmisión a través de Internet de señales de televisión, sean terrestres, por cable o por satélite” sin permiso del dueño de los derechos. No hay en la ley ninguna excepción planteada a esta restricción, cuya violación es penalizada hasta con ocho años de cárcel.
Parece evidente que esta nueva restricción está dirigida contra los sitios que emiten las señales de TV cerrada vía streaming sin permiso. Sin embargo, tal como está planteada, la ley también podría acabar con otros usos de las transmisiones que parecen más legítimos.
En un comunicado, el senador Camilo Romero afirma que, si se aprueba la ley, “si un estudiante necesita usar fragmentos de una entrevista transmitida por un noticiero de televisión, en un blog informativo, por ejemplo, estaría violando derechos de autor”. En una charla con ENTER.CO, Romero añade que “nunca se aclara que solo se trata de señales en vivo”, lo que hace que el proyecto impida algunos de los usos más elementales que se hacen hoy del video en la Red.
En este mismo sentido, la ley prohibiría la creación de ‘mashups’ con contenidos audiovisuales, la circulación de contenidos de televisión con contenidos académicos y culturales y hasta la retransmisión a través de sitios como YouTube de programas que ya no están al aire, pero que aun tienen un público que los buscan y los disfrutan. En resumen: muchas de las posibilidades más útiles de Internet, que hoy son legales, serán prohibidas por esta iniciativa.
Para la abogada Carolina Botero, miembro de la Fundación Karisma, las consecuencias de esta prohibición son aún más graves. “Esto haría que la idea de memoria colectiva en términos de lo audiovisual fuera prohibida tajantemente para Internet sin que medie el permiso”, dice. Además, a su juicio, esta prohibición le abriría las puertas a una forma de censura, pues permitiría que los dueños de contenidos donde se trata información de interés público -como noticieros de TV- impidieran su difusión con solo negar los derechos.
Por otra parte, Germán Realpe, abogado informático y columnista de la revista ENTER.CO, señala que el TLC fue redactado en el 2007, y muchas cosas han cambiado en el panorama de la televisión en Internet desde entonces.
¿Y la radio?
En principio, con respecto a la radio, la ley no cambia nada: queda prohibida su retransmisión sin permiso y la ruptura de ‘candados digitales’ de sus emisiones, y la pena es de entre cuatro y ocho años de cárcel. Es interesante notar que la ley excluye de penas por violar protecciones anticopia a las bibliotecas sin ánimo de lucro, archivos, instituciones educativas y a los organismos públicos de radiodifusión no comercial.
Sin embargo, aquí podría estar ocurriendo algo similar a lo que pasa con la TV. El artículo 16 hace que sean responsables civilmente -lo que implica que podrían ser obligados a indemnizar a los dueños de derechos de autor- quienes “retransmitan, fije, reproduzca o, por cualquier medio sonoro o audiovisual, divulgue las emisiones de los organismos de radiodifusión” sin permiso.
Posiblemente, muchos de los usos que quedarían entonces prohibidos en el caso de la TV también serán restringidos en el caso de la radio; aunque hay que decir que, para ese último medio, no hay una prohibición explícita. Esa es una de las cosas que tendrá que precisar el Gobierno sobre el proyecto de Ley.